LeytecaHonduras

Artículo 22de la Ley contra la Violencia Doméstica de Honduras

Texto del PDF oficial, descargado el 18 de octubre de 2026.

Si a quienes corresponda la aplicación de la Ley, estableciesen que un acto de violencia doméstica sometido a su conocimiento constituye delito, remitirán de inmediato las actuaciones al Ministerio Publico, dejando un extracto de lo actuado a fin de imponer los demás mecanismos de protección a que hubiere lugar.

Ubicar en la ley

Ley contra la Violencia Doméstica

Leer desde este artículo

Sobre este texto
Texto descargado
18 de octubre de 2026
Corte
Texto completo del PDF oficial

Cómo citar

Artículo 22 de la Ley contra la Violencia Doméstica de Honduras. Decreto 132-97. Texto según TSC (edición del INAM, 2006), con las reformas de los Decretos 250-2005, 35-2013, 66-2014 y 29-2024, descargado el 18 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-violencia-domestica/articulo-22/

Reportar un error en este texto

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.

¿Algo no coincide con la publicación oficial? Escríbanos.