Artículo 125 de la Ley de Tránsito de Honduras
Ley de Tránsito · Decreto 205-2005
El Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad emitirá el Reglamento de aplicación de ésta Ley, dentro de los noventa (90) días, contados a partir de la vigencia de la misma.