Artículo 36de la Ley del Salario Mínimo de Honduras
CAPÍTULO XV DE LA RESPONSABILIDAD PATRONAL
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
La fijación de Salario Mínimo para cada industria, que no corresponda con el que se hubiere establecido en los contratos de trabajo vigentes, dará lugar para que estos sean revisados de conformidad con la Ley, lo que no implica que dejarán de aplicarse los convenios individuales o colectivos actuales que sean más favorables al trabajador.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO XV DE LA RESPONSABILIDAD PATRONAL
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley del Salario Mínimo · Decreto 103 (1971)
- Fuente oficial
- Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, Decreto 103 (1971)
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 36 de la Ley del Salario Mínimo de Honduras. Decreto 103 (1971). Texto según Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-salario-minimo/articulo-36/