Artículo 22de la Ley del Salario Mínimo de Honduras
CAPÍTULO VIII DE LAS CLASIFICACIONES
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Las Comisiones recomendarán aquellas clasificaciones que juzgue razonables dentro de la respectiva industria; según la naturaleza de los servicios que se presten, y las distintas clases de trabajo u ocupaciones.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO VIII DE LAS CLASIFICACIONES
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley del Salario Mínimo · Decreto 103 (1971)
- Fuente oficial
- Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, Decreto 103 (1971)
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 22 de la Ley del Salario Mínimo de Honduras. Decreto 103 (1971). Texto según Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-salario-minimo/articulo-22/