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Artículo 27de la Ley de Municipalidades de Honduras

TÍTULO IV TERRITORIO, POBLACION Y ORGANIZACION · CAPÍTULO III DE LA CORPORACION MUNICIPAL Y SU FUNCIONAMIENTO

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

Para ser miembro de la Corporación Municipal se requiere:

1) Ser hondureño nacido en el municipio o estar domiciliado en el mismo por más de cinco años consecutivos;

2) Ser mayor de dieciocho años y estar en el goce de sus derechos políticos, y; Saber leer y escribir. 3)

Ubicar en la ley

TÍTULO IV TERRITORIO, POBLACION Y ORGANIZACION · CAPÍTULO III DE LA CORPORACION MUNICIPAL Y SU FUNCIONAMIENTO

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Sobre este texto
Ley
Ley de Municipalidades · Decreto 134-90
Fuente oficial
TSC, Decreto 134-90
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
Texto completo del PDF oficial

Cómo citar

Artículo 27 de la Ley de Municipalidades de Honduras. Decreto 134-90. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-27/

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