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Artículo 92de la Ley sobre Justicia Constitucional de Honduras

TÍTULO III DEL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD · CAPÍTULO III DE LAS SENTENCIAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE INCONSTITUCIONALIDAD

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

DE LA NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA. Las Sentencias deberán notificarse personalmente o de oficio a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su fecha mediante cédula fijada en la Tabla de Avisos.

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Ley sobre Justicia Constitucional · Decreto 244-2003
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17 de octubre de 2026
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Artículo 92 de la Ley sobre Justicia Constitucional de Honduras. Decreto 244-2003. Texto según TSC (copia del CEDIJ del Poder Judicial; La Gaceta n.º 30,792, 30 de agosto de 2004), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-92/

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