Artículo 106de la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) de Honduras
TÍTULO VI DISPOSICIONES ESPECIALES · CAPÍTULO I DISPOSICIONES ESPECIALES
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
EXCLUSIÓN DE BENEFICIOS QUE OTORGA LA LEY DEL IHSS.- Los beneficios que otorga esta Ley, son completamente independientes de los que otorga la Ley del Seguro Social. Los servidores públicos participantes de El Instituto no pueden cotizar al IHSS para efecto de los beneficios de Invalidez, Vejez y Muerte, no obstante si lo harán para el beneficio de Enfermedad y Maternidad.
Ubicar en la ley
TÍTULO VI DISPOSICIONES ESPECIALES · CAPÍTULO I DISPOSICIONES ESPECIALES
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Sobre este texto
- Ley
- Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) · Decreto 357-2013
- Fuente oficial
- TSC (La Gaceta n.º 33,398, 5-abr-2014), Decreto 357-2013
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 106 de la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) de Honduras. Decreto 357-2013. Texto según TSC (La Gaceta n.º 33,398, 5-abr-2014), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-106/