LeytecaHonduras

Artículo 15de la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad de Honduras

CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS · SECCIÓN I GENERALIDADES

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

GARANTES. Corresponde a los representantes legales de los menores y mayores dependientes con discapacidad el deber de cuidado permanente de éstos en condiciones apropiadas para su desarrollo e integridad física.

Ubicar en la ley

CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS · SECCIÓN I GENERALIDADES

Leer desde este artículo

Del mismo capítulo

Sobre este texto
Fuente oficial
TSC, Decreto 160-2005
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
Texto completo del PDF oficial

Cómo citar

Artículo 15 de la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad de Honduras. Decreto 160-2005. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-15/

Reportar un error en este texto

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.

¿Algo no coincide con la publicación oficial? Escríbanos.