Artículo 81de la Ley de Inquilinato de Honduras
Texto del PDF oficial, descargado el 12 de octubre de 2026.
Si durante la tramitación de un juicio de deshaucio de un bien inmueble por cualquiera de las causales comprendidas en los numerales del 2 al 14 del Artículo 51 de esta Ley, el inquilino incurriere en mora del pago de la renta, el propietario podrá presentar otra demanda tasada en la causal 1) del artículo citado, la cual no será acumulable al juicio ya existente.
Ubicar en la ley
Ley de Inquilinato
Sobre este texto
- Ley
- Ley de Inquilinato · Decreto 50-1966
- Fuente oficial
- La Gaceta (Diario Oficial), 24-sep-1966; escaneo del repositorio de la UNAH, Decreto 50-1966
- Texto descargado
- 12 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 81 de la Ley de Inquilinato de Honduras. Decreto 50-1966. Texto según La Gaceta (Diario Oficial), 24-sep-1966; escaneo del repositorio de la UNAH, descargado el 12 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/inquilinato/articulo-81/