Artículo 58 de la Constitución de la República de Honduras
Constitución de la República · Decreto 131-1982
La justicia ordinaria, sin distinción de fueros, conocerá de los delitos y faltas electorales.
Constitución de la República · Decreto 131-1982
La justicia ordinaria, sin distinción de fueros, conocerá de los delitos y faltas electorales.