Artículo 18 de la Constitución de la República de Honduras
Constitución de la República · Decreto 131-1982
En caso de conflicto entre el tratado o convención y la ley, prevalecerá el primero.
Constitución de la República · Decreto 131-1982
En caso de conflicto entre el tratado o convención y la ley, prevalecerá el primero.