Artículo 538 del Código del Trabajo de Honduras

Código del Trabajo · Decreto 189-59

En los estatutos respectivos de las federaciones y confederaciones pueden atribuirse a éstas las funciones de tribunal de apelación contra cualquier medida disciplinaria adoptada por una de las organizaciones afiliadas, la de dirimir las controversias que se susciten entre los miembros de un sindicato afiliados por razón de las decisiones que se adopten y la de resolver las diferencias que ocurran entre dos (2) o más de las organizaciones federales.