Artículo 300 del Código del Trabajo de Honduras

Código del Trabajo · Decreto 189-59

Las empresas construirán en los centros permanentes de labores uno o varios hospitales, de acuerdo con el número de trabajadores y de familiares inscritos, con dotación de elementos modernos de cirugía, laboratorios, rayos x y farmacia, con provisión suficientes de drogas para atender las necesidades de los enfermos que se presenten, y con servicio aislado para enfermos infectocontagiosos.