Artículo 3 del Código del Trabajo de Honduras

Código del Trabajo · Decreto 189-59

Son nulos ipso jure todos los actos o estipulaciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución, el presente Código, sus reglamentos o las demás leyes de trabajo o previsión social otorguen a los trabajadores, aunque se expresen en un contrato de trabajo u otro pacto cualquiera. 1 Artículo 2 numeral 1, por Decreto No.461 del 11 de mayo de 1977, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.22, 196 del 18 de mayo de 1977.