Artículo 913 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
JUICIOS EN PRIMERA INSTANCIA. Los juicios declarativos que se encontraren en primera instancia al entrar en vigencia este Código, se continuarán tramitando hasta que recaiga sentencia o auto que le ponga fin a dicha instancia de conformidad a la legislación procesal civil anterior, y a partir de la fecha de esas resoluciones se aplicará el presente Código.