Artículo 619 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
OPOSICIÓN DEL DEMANDADO. La oposición del demandado sólo podrá fundarse en alguna de las causas siguientes:
1. Falta de jurisdicción, de competencia genérica, o de otros criterios de atribución de la competencia del tribunal.
2. Pago acreditado documentalmente.
3. Inexistencia o falta de validez de su consentimiento, incluida la falsedad de la firma.
4. Falsedad del título o documento en que aparezca formalizado el contrato.
5. Cuando el incumplimiento del demandado sea de poca importancia teniendo en cuenta el interés del demandante.
6. Incumplimiento de la garantía a cargo del demandante.