Artículo 619 del Código Procesal Civil de Honduras

Código Procesal Civil · sin verificar

OPOSICIÓN DEL DEMANDADO. La oposición del demandado sólo podrá fundarse en alguna de las causas siguientes:

1. Falta de jurisdicción, de competencia genérica, o de otros criterios de atribución de la competencia del tribunal.

2. Pago acreditado documentalmente.

3. Inexistencia o falta de validez de su consentimiento, incluida la falsedad de la firma.

4. Falsedad del título o documento en que aparezca formalizado el contrato.

5. Cuando el incumplimiento del demandado sea de poca importancia teniendo en cuenta el interés del demandante.

6. Incumplimiento de la garantía a cargo del demandante.