Artículo 8 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

TERRITORIALIDAD. La Ley penal se aplica a los hechos cometidos en el territorio nacional, así como a los cometidos a bordo de un buque o aeronave hondureña y demás lugares sujetos a la jurisdicción de Honduras, salvo las excepciones estipuladas en el Derecho Internacional aprobadas por el Estado de Honduras.