Artículo 635 del Código Penal de Honduras
Código Penal · Decreto 130-2017
VIGENCIA. El presente Código entrará en vigencia seis (6) meses después de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Código Penal · Decreto 130-2017
VIGENCIA. El presente Código entrará en vigencia seis (6) meses después de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.