Artículo 498 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

PREVARICATO ADMINISTRATIVO. El funcionario o empleado público que, a sabiendas de su injusticia, dicta resolución arbitraria en asunto administrativo, debe ser castigado con la pena de inhabilitación especial para cargo u oficio público de cinco (5) a diez (10) años. Si la resolución arbitraria es manifiestamente injusta y se dicta por imprudencia grave, se castiga con la pena de inhabilitación especial para cargo u oficio público de tres (3) a cinco (5) años.