Artículo 315 del Código de Familia de Honduras
Código de Familia · Decreto 76-84
Las cuentas deben ir acompañadas de sus documentos justificativos. Sólo podrán excusarse la comprobación de los gastos en que no se acostumbre recoger recibo.
Código de Familia · Decreto 76-84
Las cuentas deben ir acompañadas de sus documentos justificativos. Sólo podrán excusarse la comprobación de los gastos en que no se acostumbre recoger recibo.