Artículo 80 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El domicilio de una persona determina la jurisdicción de las autoridades que deben conocer en las demandas que contra ella se entablen, salvo las excepciones legales.
Código Civil · Decreto 76-1906
El domicilio de una persona determina la jurisdicción de las autoridades que deben conocer en las demandas que contra ella se entablen, salvo las excepciones legales.