Artículo 2372 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
Las leyes extranjeras no serán aplicables cuando su aplicación se oponga al Derecho Público hondureño, a la moral o las buenas costumbres.
Código Civil · Decreto 76-1906
Las leyes extranjeras no serán aplicables cuando su aplicación se oponga al Derecho Público hondureño, a la moral o las buenas costumbres.