Artículo 1922 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El comodatario está obligado a satisfacer los gastos ordinarios que sean de necesidad para el uso y conservación de la cosa prestada.
Código Civil · Decreto 76-1906
El comodatario está obligado a satisfacer los gastos ordinarios que sean de necesidad para el uso y conservación de la cosa prestada.