Artículo 1818 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
En la sociedad universal de todos los bienes, las deudas contraídas antes o después de la celebración del contrato son cargas de la misma sociedad.
Código Civil · Decreto 76-1906
En la sociedad universal de todos los bienes, las deudas contraídas antes o después de la celebración del contrato son cargas de la misma sociedad.