LeytecaHonduras

Artículo 7de la Ley del Seguro Social de Honduras

CAPÍTULO 1 Campo de Aplicación

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

El Empleador está obligado a inscribir en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), a todo trabajador que ingrese a su servicio; y también deberá comunicar, en su caso, la cesación del trabajador tan pronto como sea posible.

A cada trabajador inscrito se le entregará un documento de identificación y un estado de cuenta de aportaciones.

El reglamento determinará el plazo y la forma de inscripción de los empleadores y de sus trabajadores y el uso de documentos de afiliación

Ubicar en la ley

CAPÍTULO 1 Campo de Aplicación

Leer desde este artículo

Del mismo capítulo

Sobre este texto
Ley
Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
Texto completo del PDF oficial

Cómo citar

Artículo 7 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-7/

Reportar un error en este texto

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.

¿Algo no coincide con la publicación oficial? Escríbanos.