Artículo 109de la Ley del Seguro Social de Honduras
CAPÍTULO VI DISPOSICIONES DIVERSAS
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Las disposiciones relativas a prestaciones o indemnizaciones en caso de enfermedad, maternidad o accidente de trabajo, de los contratos colectivos celebrados entre trabajadores y patronos sujetos al régimen del Seguro Social, deberán revisarse para coordinarlos con el régimen de prestaciones de la presente ley y sus reglamentos.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO VI DISPOSICIONES DIVERSAS
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 109 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-109/