Artículo 3de la Ley del Salario Mínimo de Honduras
CAPÍTULO II DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Créase la Dirección General de Salarios, Organismo de carácter técnico dependiente de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, cuya función además de las que se fijen en esta Ley, será la de orientar la política general de Salarios. Para los fines de la presente Ley, se hace referencia a la Dirección General de Salarios como la Dirección.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO II DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley del Salario Mínimo · Decreto 103 (1971)
- Fuente oficial
- Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, Decreto 103 (1971)
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 3 de la Ley del Salario Mínimo de Honduras. Decreto 103 (1971). Texto según Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-salario-minimo/articulo-3/