Artículo 20de la Ley del Salario Mínimo de Honduras
CAPÍTULO VII NORMAS SOBRE SALARIOS MINIMOS
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Última reforma: Decreto 45-2026, Gaceta No. 37,106, del 28 de marzo de 2026.
Los salarios mínimos se fijarán tomando en cuenta los propósitos y fines de esta Ley. Deberán ser los más altos que razonablemente los patronos pueda pagar, tomando en consideración las condiciones económicas del país y de competencia. Si los Salarios pagados por los patronos fuesen por jornada de trabajo u otra unidad de tiempo, por unidad de obra o por cualquiera otra modalidad de pago, la remuneración que se pague deberá ser suficiente para que un trabajador de mediano rendimiento obtenga, por lo menos el salario mínimo fijado para la actividad que se trate.
Lo dispuesto en este Artículo se aplicará conforme a su naturaleza y finalidad protectora. En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, el salario se devengará de manera proporcional a la jornada de trabajo parcial laborada, conforme a la base horaria establecida en la tabla de salario mínimo vigente para la actividad económica correspondiente, atendiendo las modalidades de cada trabajo.
Reformado por el Decreto 45-2026, Gaceta No. 37,106, del 28 de marzo de 2026. Decreto oficial.
Notas de reforma de la fuente
Texto de la nota, tal como aparece en el PDF oficial (Secretaría de Trabajo).
- Artículo 20 Reformado y Adicionados los Artículos 21-A y 21-B Según Decreto Nº43-97 del 28 de abril de 1977, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº28,271 de fecha 29 de mayo de 1997.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO VII NORMAS SOBRE SALARIOS MINIMOS
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley del Salario Mínimo · Decreto 103 (1971)
- Fuente oficial
- Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, Decreto 103 (1971)
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 20 de la Ley del Salario Mínimo de Honduras. Decreto 103 (1971). Texto según Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-salario-minimo/articulo-20/