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Artículo 111de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras

TÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTO · CAPÍTULO VIII EJECUCION DE LAS RESOLUCIONES · SECCIÓN TERCERA CUMPLIMIENTO FORZOSO

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

No obstante lo anterior, cuando la obligación no se cumpla por el administrado y siempre que su naturaleza lo permita, la Administración podrá discrecionalmente, convertirla en daños y perjuicios cobrables mediante el procedimiento señalado en la Sección Primera de este Capítulo.

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TÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTO · CAPÍTULO VIII EJECUCION DE LAS RESOLUCIONES · SECCIÓN TERCERA CUMPLIMIENTO FORZOSO

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Fuente oficial
TSC, Decreto 152-87
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
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Cómo citar

Artículo 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras. Decreto 152-87. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-111/

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