LeytecaHonduras

Ley de Municipalidades

Parte 4 de 4 · art. 129 · TÍTULO X DISPOSICIONES FINALES

Artículo 129

La presente Ley deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta", y entrará en vigencia el uno de enero de (1991) mil novecientos noventa y uno.

Texto del PDF oficial. Leyteca no es asesoría legal. Índice de la ley.

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