Artículo 94de la Ley de Municipalidades de Honduras
TÍTULO V DE LA HACIENDA MUNICIPAL · CAPÍTULO VI DEL PRESUPUESTO
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
El Presupuesto de Ingresos deberá contener una estimación de los ingresos que se espera del período, provenientes de las fuentes siguientes:
1) Producto de los impuestos establecidos en la presente ley;
2) Producto de las tasas y contribuciones contenidas en el Plan de Arbitrios;
3) Ingresos de capital;
4) Producto de la venta de bienes;
5) Valor de los préstamos y convenios con bancos nacionales y extranjeros;
6) Transferencias de capital que el Poder Ejecutivo otorgue en aplicación a la presente Ley, y del sector privado;
7) Recursos obtenidos de impuestos y recuperación de obras públicas; y, Otros ingresos extraordinarios. 8)
Ubicar en la ley
TÍTULO V DE LA HACIENDA MUNICIPAL · CAPÍTULO VI DEL PRESUPUESTO
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley de Municipalidades · Decreto 134-90
- Fuente oficial
- TSC, Decreto 134-90
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 94 de la Ley de Municipalidades de Honduras. Decreto 134-90. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-94/