LeytecaHonduras

Artículo 39de la Ley de Municipalidades de Honduras

TÍTULO IV TERRITORIO, POBLACION Y ORGANIZACION · CAPÍTULO IV DE LAS RESPONSABILIDADES, DESTITUCION Y SUSPENSION DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACION MUNICIPAL

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

Son causas de suspensión o remoción, en su caso, de los miembros de la Corporación Municipal:

1) Haber sido ejecutoriamente condenado por la comisión de un delito;

2) Habérsele decretado auto de prisión por delito que merezca pena de reclusión;

3) Conducta inmoral;

4) Actuaciones que impliquen abandono, y toda conducta lesiva a los intereses de la comunidad en el desempeño de sus funciones, debidamente comprobadas;

5) Estar comprendido en las causales que establece el Artículo 31 de la presente Ley;

6) Prevalerse de su cargo en aprovechamiento personal, o para favorecer empresas de su propiedad o en las que él sea socio, o de familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, debidamente comprobado por autoridad competente; sin perjuicio de las acciones criminales y civiles que procedan; y,

7) Malversación de la Hacienda Municipal, comprobada mediante auditoria realizada por la Contraloría General de la República.

Ubicar en la ley

TÍTULO IV TERRITORIO, POBLACION Y ORGANIZACION · CAPÍTULO IV DE LAS RESPONSABILIDADES, DESTITUCION Y SUSPENSION DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACION MUNICIPAL

Leer desde este artículo

Del mismo capítulo

Sobre este texto
Ley
Ley de Municipalidades · Decreto 134-90
Fuente oficial
TSC, Decreto 134-90
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
Texto completo del PDF oficial

Cómo citar

Artículo 39 de la Ley de Municipalidades de Honduras. Decreto 134-90. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-39/

Reportar un error en este texto

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.

¿Algo no coincide con la publicación oficial? Escríbanos.