LeytecaHonduras

Artículo 7de la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) de Honduras

TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA · CAPÍTULO I DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACIÓN

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: La dirección, administración y gestión del INJUPEMP, debe caracterizarse por su autonomía política y gremial, por su racionalidad y eficiencia administrativa, así como por el cumplimiento estricto de los parámetros actuariales y financieros en procura de garantizar la solvencia Institucional. Los órganos de planificación, dirección y administración del INJUPEMP son: La Asamblea de Participantes y Aportantes y El Directorio de Especialistas.

Ubicar en la ley

TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA · CAPÍTULO I DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACIÓN

Leer desde este artículo

Sobre este texto
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
Texto completo del PDF oficial

Cómo citar

Artículo 7 de la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) de Honduras. Decreto 357-2013. Texto según TSC (La Gaceta n.º 33,398, 5-abr-2014), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-7/

Reportar un error en este texto

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.

¿Algo no coincide con la publicación oficial? Escríbanos.