LeytecaHonduras

Artículo 61de la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad de Honduras

CAPÍTULO VII DE LA ORGANIZACIÓN

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

LA ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN. La Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad estará conformada por:

1) Un Director(a) General;

2) Un Subdirector(a);

3) Una Secretaria de Registros;

4) Unidades de Planificación;

5) Unidades Técnicas; y,

6) Consejo Consultivo.

Ubicar en la ley

CAPÍTULO VII DE LA ORGANIZACIÓN

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Sobre este texto
Fuente oficial
TSC, Decreto 160-2005
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
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Cómo citar

Artículo 61 de la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad de Honduras. Decreto 160-2005. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-61/

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