Artículo 78 de la Constitución de la República de Honduras
Constitución de la República · Decreto 131-1982
Se garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres.
Constitución de la República · Decreto 131-1982
Se garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres.