Artículo 98 del Código Procesal Penal de Honduras
Código Procesal Penal · Decreto 9-99-E
Representación de la víctima de un delito por una asociación. La persona directamente ofendida por el delito podrá conferirle su representación a un profesional del derecho, que preste sus servicios a una asociación de protección o ayuda dotada de personalidad jurídica y sin fines de lucro.