Artículo 3 del Código Procesal Penal de Honduras
Código Procesal Penal · Decreto 9-99-E
Respeto de la dignidad y de la libertad. Los imputados tienen derecho a ser tratados con el respeto debido a todo ser humano y a que se respete su libertad personal. La restricción de ésta, mientras dure el proceso, sólo se decretará en los casos previstos en el presente Código.