Artículo 719 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
CAUSALES DEL RECURSO.
1. Se podrá impugnar la aplicación e interpretación de las normas procesales que regulan:
a) La jurisdicción, competencia genérica, objetiva, funcional, y la adecuación de procedimiento.
b) Los actos y garantías procesales cuando su infracción suponga la nulidad o produjera indefensión.
c) La forma y contenido de la sentencia.
2. Igualmente, se podrá impugnar la aplicación e interpretación de las normas de derecho empleadas para la solución de fondo del litigio.