Artículo 296 del Código de Familia de Honduras
Código de Familia · Decreto 76-84
El tutor, dentro del primer mes de ejercer su cargo, someterá a la aprobación del Juez, el presupuesto de gastos de administración para el año. Para los gastos extraordinarios fuera de presupuesto que pasen de Quinientos Lempiras (L.500.00), necesitará el tutor autorización judicial.