Artículo 2014 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
La transacción produce el efecto de cosa juzgada; pero podrá impetrarse la declaración de nulidad o la rescisión, en conformidad a los artículos precedentes.
Código Civil · Decreto 76-1906
La transacción produce el efecto de cosa juzgada; pero podrá impetrarse la declaración de nulidad o la rescisión, en conformidad a los artículos precedentes.