Artículo 1990 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El contrato de renta vitalicia deberá, precisamente, otorgarse por escritura pública, y no se perfeccionará sino por la entrega del precio.
Código Civil · Decreto 76-1906
El contrato de renta vitalicia deberá, precisamente, otorgarse por escritura pública, y no se perfeccionará sino por la entrega del precio.