Artículo 1939 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
Se constituye el depósito desde que uno recibe la cosa ajena con la obligación de guardarla y de restituirla.
Código Civil · Decreto 76-1906
Se constituye el depósito desde que uno recibe la cosa ajena con la obligación de guardarla y de restituirla.