Artículo 1623 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El vendedor no estará obligado a entregar la cosa vendida si el comprador no le ha pagado el precio, o no se ha señalado en el contrato un plazo para el pago.
Código Civil · Decreto 76-1906
El vendedor no estará obligado a entregar la cosa vendida si el comprador no le ha pagado el precio, o no se ha señalado en el contrato un plazo para el pago.