Artículo 24de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Honduras
CAPÍTULO V DATOS PERSONALES Y HÁBEAS DATA
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
SlSTEMATIZACIÓN DE ARCHIVOS PERSONALES Y SU ACCESO. Los datos personales serán protegidos siempre. El interesado o en su caso el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos por si o en representación de la parte afectada y el Ministerio Público, podrán incoar las acciones legales necesarias para su protección. El acceso a los datos personales únicamente procederá por decreto judicial o a petición de las personas cuyos datos personales se contienen en dicha información o de sus representantes o sucesores.
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CAPÍTULO V DATOS PERSONALES Y HÁBEAS DATA
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Sobre este texto
- Ley
- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Decreto 170-2006
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- 17 de octubre de 2026
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Cómo citar
Artículo 24 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Honduras. Decreto 170-2006. Texto según Poder Judicial (CEDIJ), con las reformas del Decreto 64-2007, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-transparencia/articulo-24/