Artículo 171 de la Constitución de la República de Honduras

Constitución de la República · Decreto 131-1982

La educación impartida oficialmente será gratuita y obligatoria. Por un año en el nivel pre-básico y en su totalidad en los niveles básicos y medio, totalmente costeados por el Estado, quien establecerá los mecanismos de compulsión para hacer efectiva esta disposición.