Artículo 146 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
En caso de que el patrono no cumpla con la obligación de otorgar los descansos remunerados de que tratan los artículos 135 y 137, la trabajadora tiene derecho como indemnización al doble de la remuneración de los descansos no concedidos.