Artículo 96de la Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069)
Texto del PDF oficial, descargado el 16 de octubre de 2026. Corte del texto: 24 de junio de 2024.
Vigencia. Texto oficial con corte al 24 de junio de 2024. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.
Amonestación escrita
96.1. La sanción de amonestación se aplica por la comisión de las infracciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del párrafo 94.2 del artículo 94 de la presente ley, siempre que se trate de la primera infracción cometida.
96.2. La sanción se materializa mediante comunicación escrita, la que quedará incorporada en la información obrante en el Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas que administra el OECE, correspondiente a la institución sancionada.
Sobre este texto
- Ley
- Ley General de Contrataciones Públicas · Ley 32069
- Edición
- Separata especial de El Peruano, 24 de junio de 2024 (texto original publicado)
- Fuente oficial
- El Peruano (Editora Perú), copia publicada por el Ministerio de Economía y Finanzas en gob.pe, Ley 32069
- Texto descargado
- 16 de octubre de 2026
- Corte
- 24 de junio de 2024
Cómo citar
Artículo 96 de la Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069). Ley 32069. Texto según El Peruano (Editora Perú), copia publicada por el Ministerio de Economía y Finanzas en gob.pe, descargado el 16 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/ley-contrataciones-estado/articulo-96/