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10 de agosto: Primer Grito de Independencia del Ecuador (1809)

Artículo 474.1del COIP (Código Orgánico Integral Penal) de Ecuador

Fuente: copia publicada por Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) (compilación de Ediciones Legales). Texto descargado el 21 de octubre de 2026.

Reformas citadas en las notas de la copia: R.O. 107-S, 24-XII-2019.

Vigencia. Texto con reformas hasta el 29 de abril de 2026, según la ficha de la copia. Las reformas publicadas después en el Registro Oficial no están incorporadas.

Análisis y aprovechamiento de los materiales mineralizados.- Los materiales mineralizados aprehendidos en las actividades ilícitas de recursos mineros, serán sometidos al análisis químico, para cuyo efecto se tomarán muestras que la Policía Nacional entregará a las o los peritos designados por la o el fiscal, quienes presentarán su informe en el plazo determinado. En el informe se deberán determinar el peso bruto y neto del material, así como su concentración mineral.

Realizado el análisis químico y la determinación del peso, la o el juez que se encuentre sustanciando la causa, dispondrá la entrega y depósito de los materiales mineralizados al organismo competente en materia de control minero, para que decida acerca de su aprovechamiento, ya sea mediante donación a la empresa pública o institución competente en materia minera, enajenación, disposición o destrucción; decisión que deberá ser debidamente justificada mediante la emisión de los informes técnicos correspondientes.

La autoridad competente en materia de control minero emitirá el reglamento correspondiente para cumplir con esta disposición.

Sobre este texto
Ley
Código Orgánico Integral Penal (COIP) · Registro Oficial Suplemento 180, 10 de febrero de 2014
Edición
Texto con reformas hasta el Cuarto Suplemento del Registro Oficial 275, 29 de abril de 2026
Texto descargado
21 de octubre de 2026
Compilación
Ediciones Legales

Cómo citar

Artículo 474.1 del COIP (Código Orgánico Integral Penal) de Ecuador. Registro Oficial Suplemento 180, 10 de febrero de 2014. Texto según Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ec/coip/articulo-474-1/

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