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Artículo 188-Adel Código Penal de Colombia

TRATA DE PERSONAS

Texto de la copia oficial del Senado, consultada el 19 de octubre de 2026. Corte del texto: 15 de octubre de 2026.

Normas que modifican este texto, según la copia oficial: Ley 2608 de 2026.

Vigencia. Texto de la copia del Senado con corte al 15 de octubre de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.

El que por cualquier medio capte, traslade, transporte, acoja, reciba, aloje, demande, promocione, reduzca, obligue, facilite o comercialice a una persona con fines de explotación, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, incurrirá en prisión de trece (13) a veintitrés (23) años y una multa de ochocientos (800) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Para efectos de este artículo, se entenderá por explotación el obtener provecho económico o cualquier otro beneficio, para sí o para otra persona, entre otras, mediante:

a. Esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud;

b. Servidumbre;

c. Trabajos o servicios forzados;

d. Mendicidad ajena;

e. Delincuencia forzada;

f. La explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual;

g. Adopción ilegal;

h. Matrimonio servil o la unión marital de hecho forzada;

i. Extracción y tráfico de órganos, células, tejidos o fluidos corporales;

j. Explotación reproductiva;

k. Reclutamiento forzado de personas mayores de 18 años en el marco del conflicto armado;

l. Cualquier otra forma de explotación que atente contra la dignidad humana, la libertad personal, la autonomía o la integridad física, psíquica o emocional de la víctima o sobreviviente.

El consentimiento dado por la víctima a cualquier forma de explotación definida en este artículo no constituirá causal de exoneración de la responsabilidad penal, civil y administrativa.

PARÁGRAFO. La consecución de uno solo de los verbos rectores basta para la configuración del delito.

Sobre este texto
Ley
Código Penal · Ley 599 de 2000
Edición
Copia del Senado de la República (Avance Jurídico), con reformas
Texto descargado
19 de octubre de 2026
Corte
15 de octubre de 2026

Cómo citar

Artículo 188-A del Código Penal de Colombia. Ley 599 de 2000. Texto según Senado de la República de Colombia (Secretaría del Senado), descargado el 19 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/co/codigo-penal/articulo-188-a/

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