Artículo 26de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 29733)
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026. Corte del texto: 7 de enero de 2017.
Vigencia. Texto oficial con corte al 7 de enero de 2017. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.
Contraprestación
La contraprestación que debe abonar el titular de datos personales por el ejercicio de los derechos contemplados en los artículos 19, 20, 21, 22 y 23 ante los bancos de datos personales de administración pública se sujeta a las disposiciones previstas en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ante los bancos de datos personales de administración privada, el ejercicio de los derechos mencionados se sujeta a lo dispuesto por las normas especiales sobre la materia.
Sobre este texto
- Ley
- Ley de Protección de Datos Personales · Ley 29733
- Edición
- Texto actualizado «Normas Legales Actualizadas» de Editora Perú (cabecera del PDF), publicado por el Congreso de la República en gob.pe
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- 7 de enero de 2017
Cómo citar
Artículo 26 de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 29733). Ley 29733. Texto según Congreso de la República (gob.pe), texto de Editora Perú, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/ley-proteccion-datos/articulo-26/